Recuerda que ya puedes solicitar el trámite de tu demanda mediante la modalidad de juicio sumario.
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Términos y Condiciones para la Utilización del Juicio en Línea ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato

Por favor leea cuidadosamente la siguiente información

Términos y Condiciones

para la Utilización del Juicio en Línea ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato

 

En el Decreto número 287 expedido por la Sexagésima Segunda Legislatura Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guanajuato, se publicaron en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado el 15 de mayo de 2015, las reformas y adiciones al Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato.

 

Entre estas se adicionó el Capítulo Noveno, Título Tercero, del Libro Tercero, que desarrollan las disposiciones para la implementación del Juicio en Línea.

 

De conformidad con lo señalado en el artículo Tercero Transitorio del Decreto, el Juicio en Línea entró en operación a los seis meses de su entrada en vigor, siendo accesible para los usuarios externos desde el primer día hábil, esto es a partir del 17 de noviembre de 2015.

 

Así mismo el 21 de junio de 2017 entró en vigor la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, publicada un día antes en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato –número 98, cuarta parte- y emitida con motivo de las reformas constitucionales en materia de combate a la corrupción. Donde además de destacar la modificación de la denominación del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Estado, por la de Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, se le dotó de nuevas facultades, conservando la autonomía reconocida por la Constitución particular del Estado a este Órgano de Justicia Administrativa.

 

Conforme al Artículo Cuarto Transitorio de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato el 22 de diciembre de 2017 fue publicado el «ACUERDO del Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, mediante el cual (…) se reforman diversas disposiciones (…)» en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato, entre las que se incluyó la reforma a los ahora Lineamientos para la Utilización del Juicio en Línea ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato. Asimismo, respecto del mismo numeral se refiere que toda la normativa vigente será aplicable en lo que no se oponga a la referida ley orgánica.

 

Así pues el Juicio en Línea es un servicio otorgado por el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato a través de su Sistema Informático, que consiste en poner a disposición de las personas la posibilidad de substanciar y resolver el proceso contencioso administrativo mediante el uso de las tecnologías de la información.

 

El servicio del Juicio en Línea se rige por el Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato; los Lineamientos para la Utilización del Juicio en Línea ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato; la Ley Sobre el Uso de Medios Electrónicos y Firma Electrónica para el Estado y los Municipios de Guanajuato; el Reglamento Interior de esa Ley para dicho Tribunal; la Declaración de Prácticas y Políticas del Tribunal (vigentes en términos de lo dispuesto en el artículo cuarto transitorio de la Ley Orgánica del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato), de ser el caso, y por los siguientes Términos y Condiciones, los que con base en el glosario contenido en el artículo 2 de los Lineamientos, consisten en el concentrado de disposiciones administrativas y técnicas previstas en la Ley, el Reglamento, los Lineamientos, la Declaración de Prácticas y Políticas del Tribunal, los criterios y demás disposiciones que regulen el uso de los medios electrónicos y la firma electrónica, que deberán aceptar los interesados externos que tengan la intención de instar el proceso administrativo en la modalidad de juicio en línea.

 

Lo anterior, para efecto de dar a conocer de manera conjunta a los usuarios externos del Tribunal los supuestos de ley de las diversas disposiciones legales que norman el Juicio en Línea, facilitando la consulta de su contenido y alcances sobre la utilización de este servicio informático.

 

Los términos desarrollados en el glosario de los Lineamientos para la Utilización del Juicio en Línea ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato, serán aplicables para este documento.

 

Términos y Condiciones

 

El usuario externo reconoce y acepta:

 

·        Cumplir con las disposiciones legales que rigen el Juicio en Línea, siendo éstas el Código; los Lineamientos; el Reglamento; la Ley; la Declaración de Prácticas y Políticas de Certificación o en su defecto la Declaración de Prácticas y Políticas del Poder Judicial del Estado de Guanajuato y demás normativas que puedan resultar aplicables.

 

·        Cuando el usuario externo tenga la intención de instar un proceso administrativo en la modalidad de Juicio en Línea, deberá registrarse en el Sistema Informático del Tribunal conforme a lo establecido en los Lineamientos, así como en el Reglamento.

 

El interesado que ya tenga la calidad de usuario externo, podrá acceder y utilizar el Juicio en Línea, sujetándose a los presentes Términos y Condiciones.

 

·        El usuario externo se da por enterado que cuando sea la primera ocasión en la cual pretenda acceder al Sistema Informático del Tribunal para hacer uso del Juicio en Línea, realizará el trámite a través del sitio web del Tribunal o ante los módulos de registro.

 

·        Para realizar el trámite electrónicamente, el usuario externo deberá acceder al portal del Tribunal y dará clic en el icono denominado Juicio en Línea, donde previa aceptación de los términos y condiciones, completará los campos de información correspondientes.

 

·        Para estar en posibilidad de acceder al registro del Juicio en Línea, el usuario externo debe iniciar su trámite dando clic en el apartado del sitio web del Tribunal que menciona “Juico en Línea”.

 

·        El usuario externo acepta que los expedientes vinculados a los servicios electrónicos no están sujetos a las características de Juicio en Línea por constituir actuaciones anteriores a la entrada en vigor de dicho servicio.

 

 

·        El usuario externo esta consiente de que cualquier computadora de reciente comercialización, resultará compatible para la utilización del Juicio en Línea, toda vez que cuentan con las características técnicas suficientes para este fin. Sin embargo, puede acontecer que por la falta de alguna característica técnica de las mencionadas en el anexo técnico de los Lineamientos, no exista compatibilidad entre éstas y el servicio del Juicio en Línea.

 

En consecuencia, el equipo o los equipos electrónicos que utilice para acceder y hacer uso del Juicio en Línea, deben contar como mínimo con las características técnicas descritas en el anexo técnico de los Lineamientos.

 

·        El acceso y uso del Sistema Informático en la modalidad del Juicio en Línea es gratuito. 

 

·        Los usuarios externos (personas físicas o morales) que decidan hacer uso del Juicio en Línea, manifiestan su voluntad de tramitar la demanda administrativa a través de éste servicio, por lo que, una vez que hayan enviado la demanda el juicio se seguirá mediante la utilización del Sistema Informático en la modalidad de Juicio en Línea, por lo que el usuario externo no podrá revertir el uso de éste servicio.

 

·        El idioma que integra el Sistema Informático en la modalidad del Juicio en Línea es el español, por ser este el idioma oficial en el Estado de Guanajuato y en la República Mexicana.

 

·        Que es responsabilidad del usuario externo la captura correcta de los datos relativos a expresar si es actor, tercero, perito, autoridad o cualquier otra calidad de las reflejadas en las opciones de los campos obligatorios que aparecen con motivo del registro electrónico.

 

 

 

·        Que el usuario expresamente señalará en el registro del Juicio en Línea, su identidad, domicilio, teléfono, correo electrónico válido y en funciones, identificación del documento por medio del cual acreditará su identidad, su obligación de adjuntar el documento donde consta la demanda que se pretende interponer ante el Tribunal, firmada debidamente de manera autógrafa por el que suscribe, mediante el formato comúnmente conocido como PDF, identificar si es su deseo adjuntar otros documentos en el formato aquí señalado como anexos de la demanda.

 

·        Que se deberá proporcionar en el escrito de demanda que se remita al Tribunal, un correo electrónico asignado por el Sistema Informático del Tribunal, sea el propio del interesado externo, de diversa persona de su confianza o de uno de sus autorizados. Esto con la finalidad de que las Salas del Tribunal estén en posibilidad inmediata de notificar electrónicamente el acuerdo que recaiga a la demanda o promoción enviada electrónicamente.

 

·        Que el usuario de este servicio será responsable de la veracidad de los datos proporcionados a través del Sistema Informático del Tribunal.

 

·        Para realizar el registro y acceder a la utilización del Juicio en Línea, se deberá llenar todos los espacios con la leyenda “campos obligatorios”.

 

·        Que la sola captura de los datos del usuario externo en los “campos obligatorios”, jamás podrá equipararse a la finalización correcta del trámite para la utilización del Juicio en Línea.

 

·        Que el trámite realizado a través del portal del Tribunal, constituye un registro, que está sujeto a la convalidación de la identidad del interesado externo y por lo tanto conlleva a la obligación de presentarse en forma personal y directa, debidamente identificado con la documentación que exigen los Lineamientos, en los módulos de registro del Tribunal, dentro de los 5 días hábiles siguientes a que se haya realizado el registro electrónico.

 

·        Los usuarios externos tendrán la posibilidad de convalidar su identidad auxiliándose de un tercero, servidor público diverso o autorizado, quién deberá presentarse en el módulo de registro, entregar en original los documentos señalados en los Lineamientos y que más adelante se describen, según el supuesto, acreditándose siempre la identidad de la persona que comparece a favor del usuario externo de que se trate.

 

Los módulos de registro se encuentran en la Coordinación de Registro y Notificaciones Electrónicas ubicada en Allende sin número (frente al café Atrio), teléfono 01 (473) 732 1525 Ext. 133, así como en las oficinas regionales de la Unidad de la Defensoría de Oficio del Tribunal, ubicadas en las siguientes direcciones:

 

o   Defensoría Guanajuato: Teléfonos 01 (473) 732 1525 Ext. 145 / 01 800 849 1524;

o   Defensoría León: Justo Sierra 327; Zona Centro. 01 (477) 713 1530 / 01 800 670 6323;

o   Defensoría San Luis de la Paz: Mina número 103, interior 7, zona Centro. Teléfonos 01 (468) 688 5038 / 01 800 670 6325

o   Defensoría Celaya: Bulevar Adolfo López Mateos número 326 Oriente; zona centro. Teléfonos: 01 (461) 616 0644 / 01 800 670 6324;

o   Defensoría Irapuato: Avenida Revolución número 179-1 Edificio Nieto, zona centro. Teléfonos: 01 (462) 627 1877 / 01 800 821 6660; y,

o   Defensoría Salamanca: Mina número 100, Edificio Paola, zona centro. Teléfono: 01 800 890 7717 y 01 464 64156 40.

 

Los horarios de atención al público en los módulos de registro, es de 9:00 a 15:00 horas, todos los días del año, a excepción de los sábados y domingos y los días que estén declarados como inhábiles en el Calendario Oficial de Labores del Tribunal o por el Pleno.

 

·        Que al acudir a los módulos de registro, deberá presentar la siguiente documentación para efecto de validar su identidad.

 

I.       En caso de ser persona física:

 

a)      Original y copia simple de alguna de las siguientes identificaciones oficiales vigentes: credencial para votar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte;

 

b)      Original y copia simple de comprobante de domicilio reciente; y

 

c)      Una cuenta de correo electrónico personal válida.

 

 

II.      En caso de ser persona moral:

 

a)      Original o copia certificada del acta constitutiva y, en su caso, del instrumento público que acredite su personalidad, además de copia simple; y

 

b)      El representante legal de la persona moral, deberá presentar la documentación referida en el apartado a) de la fracción I.

 

III.     Tratándose de las autoridades que pretendan instar el juicio de lesividad, de comparecer en forma personal y directa o por conducto de sus representantes legales, presentarán la documentación siguiente:

 

a)      Original o copia certificada del nombramiento o de la constancia de mayoría, en el caso de autoridades electas, así como una copia para su cotejo;

 

b)      Original y copia simple de alguna de las siguientes identificaciones oficiales vigentes: credencial para votar, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte; y

 

c)      Una cuenta de correo electrónico personal válida.

 

IV.     En el supuesto de que la autoridad comparezca a través de un autorizado este deberá presentar:

 

a)      Documento oficial donde conste la autorización específica de la autoridad que represente para obtener la dirección de correo electrónico otorgada por el Tribunal de Justicia Administrativa, así como la contraseña para acceder a los servicios del sistema informático del Tribunal;

 

b)      Original o copia certificada del nombramiento, o de la constancia de mayoría, en el caso de autoridades electas, así como una copia para su cotejo;

 

c)      Original y copia simple de alguna de las siguientes identificaciones oficiales vigentes del autorizado: credencial para votar, cédula profesional o pasaporte y comprobante de domicilio reciente del autorizado; y

 

d)      Una cuenta de correo electrónico personal válida del autorizado.

 

Además de la cuenta de correo electrónico personal válida, los interesados podrán señalar una cuenta opcional.

 

 

 

·        Que una vez completada la información requerida en los “campos obligatorios”, le será enviado al correo electrónico proporcionado por el usuario externo, un mensaje que implica que la captura de los datos se completó en forma exitosa.

 

·        Adjuntada la demanda con el o los anexos respectivos, el usuario externo podrá imprimir el acuse de recibo que valida la remisión y recepción electrónica de la demanda o demandas al servidor del Tribunal.

 

·        Solo se podrá tramitar el registro y completar el mismo por una sola vez.

 

·        Ante la falta de conclusión del registro, el mismo será eliminado del Sistema, sin perjuicio de que se pueda volver a iniciar el trámite.    

 

·        Cuando el usuario externo sea una autoridad y pretenda dar de baja su cuenta o modificar la información de su registro, deberá hacerlo en el módulo, a través del servidor público autorizado para esos efectos, acreditando la calidad de funcionario exhibiendo los documentos precisados en el artículo 11 de los Lineamientos, con la forma o solicitud respectiva, la cual estará disponible en el sitio web del Tribunal.

 

·        Que los documentos por medio de los cuales podrá acreditar su identidad al momento de completar el registro sólo serán los siguientes:

 

I.       En caso de ser persona física:

 

a)      Cualquiera de las siguientes identificaciones oficiales vigentes: credencial para votar con fotografía, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte.

 

II.      En caso de ser persona moral:

 

a)               Original o copia certificada del acta constitutiva y, en su caso, del instrumento público que acredite su personalidad.

 

III.     Tratándose de las autoridades que pretendan instar el juicio de lesividad, de comparecer en forma personal y directa o por conducto de sus representantes legales, será lo siguiente:

a)               Original o copia certificada del nombramiento o de la constancia de mayoría, en el caso de autoridades electas.

 

b)               Original y copia simple de alguna de las siguientes identificaciones oficiales vigentes: Credencial para votar con fotografía, cédula profesional, licencia de conducir o pasaporte.

 

·        Que además de los documentos señalados para efecto de identificación de la persona, deberán dar cumplimiento a los señalados en los Lineamientos.

 

·        Que todo el proceso de Juicio en Línea se llevará a cabo por medio del Sistema Informático del Tribunal, excepto tratándose del juicio de amparo, el cual se presentará y tramitará conforme lo dispone el Código y la Ley de Amparo, Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

·        El Tribunal se reserva el derecho de modificar, adicionar o eliminar éstos Términos y Condiciones, de establecer nuevos, así como de modificar en cualquier momento el Sistema Informático del Tribunal o cualquier parte del mismo.   

 

·        Que la clave de acceso y contraseña, son intransferibles.

 

·        Que el uso y manejo de la clave de acceso y contraseña, son exclusivamente responsabilidad del usuario externo.

 

·        Que de NO acudir dentro de los cinco días hábiles siguientes a la realización del registro a convalidar su identidad, se podrá producir una consecuencia jurisdiccional, determinada por la Sala que por turno corresponda conocer de la demanda.

 

 

·        Que el NO acudir dentro de los cinco días hábiles siguientes a la realización del registro a convalidar su identidad, podrá generar por parte de la Sala que por turno corresponda conocer de la demanda, un requerimiento en términos de lo dispuesto por el Código.

 

·        El completar el trámite y enviar la demanda en hora o día inhábil, se tendrán por presentados en la primera hora del siguiente día hábil. 

 

·        Que una vez presentada la demanda o las demandas a través del Sistema Informático del Tribunal, no implicará que se le dé a conocer en ese momento el número de proceso y la Sala que por turno corresponda conocer del asunto planteado.

 

·        Que el comprobante expedido por el Sistema Informático del Tribunal jamás implicará que la demanda o las demandas presentadas mediante el Juicio en Línea sean admitidas por la Sala que por turno corresponda conocer del asunto que ha sido planteado.

 

·        La información que se registre en el Sistema Informático al momento de ingresar la o las demandas respectivas, podrá ser corregida por parte de los usuarios internos del Tribunal, con la finalidad de que exista congruencia entre los documentos enviados y su descripción para efectos procesales, estadísticos o personales, sin que esto pueda involucrar alteración alguna respecto de la demanda y de los documentos que se hayan adjuntado como anexos de la misma.

·        La responsabilidad de verificar que el contenido de los archivos electrónicos que adjunte sea congruente con el de los ofrecidos mediante el Sistema Informático del Tribunal, así como que la descripción que hace de cada uno de ellos sea la correcta es de los usuarios externos.

 

·        Que el registro para acceder al Sistema Informático en la modalidad de Juicio en Línea, no implicará la vinculación automática al usuario externo con los procesos en los que este sea parte con anterioridad a la entrada en funciones del Juicio en Línea.

 

·        Que una vez concluido el trámite para la utilización del Juicio en Línea, el usuario externo quedará vinculado al uso de la notificación electrónica para efecto de ser notificado a través de una cuenta de correo electrónica válida y proporcionada por el Tribunal a través de los módulos de acceso al Juicio en Línea.

 

·        Que tendrá a su disposición la consulta del expediente en la modalidad de Juicio en Línea a través de la página Web del Tribunal: www.tjagto.gob.mx; desde cualquier lugar, mediante la utilización de dispositivos móviles o equipos tecnológicos fijos que reúnan las características técnicas descritas en el anexo técnico de los Lineamientos, así como del Reglamento.

 

·        Los usuarios externos están conscientes de que cuando el Sistema Informático del Tribunal no le permita visualizar el expediente en la modalidad de Juicio en Línea, podrá ser porque no sea compatible su dispositivo o equipo de cómputo con el lenguaje de programación y la plataforma informática del Tribunal.

 

·        Si los usuarios externos son representantes legales de una persona moral pública (oficial) o privada, podrá ser posible que su clave de usuario y contraseña no esté vinculada al registro del juicio que desee consultar, por no ser parte o autorizado en el mismo, por las personas que ostenten la titularidad de una autoridad, a pesar de que se trate de alguna que esté integrada a la estructura orgánica en el ámbito estatal o municipal.

 

·        Se podrá consultar el expediente en la modalidad del Juicio en Línea las veces que se considere necesario, en cualquier día y hora, los 365 días del año.

 

·        Que de realizarse alguna de las conductas prohibidas previstas en la Ley, así como en el Reglamento, se cancelará la clave de acceso, sin posibilidad de volver a promover el Juicio en Línea.

 

·        Que los derechos de autor sobre el diseño conceptual, la imagen, presentación, logotipos y nombres, bajo los cuales opera el Sistema Informático, son propiedad del Tribunal y están protegidos por las leyes aplicables a derechos de autor y propiedad intelectual; y que conforme a dicha legislación se tiene la obligación de no modificar, rentar, arrendar, prestar, vender, distribuir o crear obras derivadas del Sistema Informático del Tribunal, ya sea en todo o en parte, con o sin fines de lucro, con excepción a lo expresamente autorizado por el propio  Tribunal.

 

·        Que se da por enterado que los requisitos técnicos y recomendaciones con las que debe contar su computadora para poder llevar a cabo el Juicio en Línea son las siguientes:

 

 

1.      Computadora con las siguientes características mínimas:

 

Sistema Operativo Windows: 7, 8, 8.1, 10; Mac OS: Leopard o superior; Linux: Ubuntu, Mint y otro con interfaz gráfica.

 

Procesador: 1 GHZ de velocidad.

 

Memoria RAM: 2 GB

 

Navegador web: Google Chrome u Opera actualizado.

 

Lector de PDF: Adobe Reader, Foxit Reader u otro.

 

2.      Una cuenta de correo electrónico válido y en uso.

 

3.      Conexión a internet con velocidad de subida de mínimo 1mb/s.

 

4.      Para usuarios nuevos, un correo comercial (se recomienda GMAIL o OUTLOOK) o institucional válido. Para correos no comerciales (de institución o empresa) se recomienda revisar las restricciones para correos de entrada desconocidos, así como evitar la saturación de la bandeja de entrada.

 

5.      Para usuarios externos de Juicio en Línea y notificaciones electrónicas (Servicios Informáticos), una cuenta válida del Tribunal.

 

6.      Todos los documentos presentados por el usuario externo a través de módulo deberán ser en formato PDF. Si se requiere presentar fotografías, se deberán incrustar en un documento PDF. Cualquier otro formato de archivo será rechazado por el Sistema Informático del Tribunal.

 

7.      Los nombres de los archivos a subir deberán de ser lo más cortos posibles, sin exceder los quince caracteres. El sistema no puede identificar el contenido de los documentos, por lo tanto el nombre de los mismos no es relevante, pero si debe ser lo más corto evitando utilizar caracteres de signos como puntos, comas, @ entre otros poco convencionales.

 

8.      Cada archivo deberá tener un tamaño de memoria como máximo de 25 mb (Mega Bytes). De exceder el tamaño máximo de los anexos, los usuarios podrán fraccionar el documento en varios archivos que no excedan los 25 mb., e incorporarlos al sistema informativo del Tribunal.

 

9.      El usuario externo procurará en la medida de lo posible, escanear documentos legibles, por lo tanto evitará el escaneo en copia de los documentos, si cuenta con los originales.

 

10.    Se recomienda evitar en la medida de lo posible los escaneos de documentos a color debido a que este tipo de escaneo incrementa el tamaño de los archivos PDF considerablemente.

 

11.    La calidad mínima de escaneo será de 200 x 200 pixeles siempre y cuando el documento sea legible.

 

12.    No se deberán enviar audios, ni videos.

 

13.    El servicio de Juicio en Línea emite correos electrónicos a la cuenta proporcionada por el usuario, de no recibir dichos correos en su bandeja principal, el usuario deberá consultar su bandeja de correo no deseado y otorgarle los permisos necesarios para recibir correctamente futuros avisos.

 

14.    La calidad en la velocidad del servicio dependerá de su velocidad de subida de internet del usuario externo y del tamaño de los archivos proporcionados.

 

·        Se sugiere que los usuarios externos consideren el tiempo suficiente para realizar el trámite de registro, remisión de demanda, sus anexos y de promociones subsecuentes, previo a fenecer los plazos legales regulados por el Código, para efecto de demandar la nulidad de un acto o resolución emitida por las autoridades susceptibles de ser demandadas, con la finalidad de evitar que la demanda o promoción subsecuente no pueda ser enviada dentro del día hábil del vencimiento.

 

(Lo anterior, también aplicará para el trámite del juicio de lesividad.)

 

·        Por último, se precisa que el Juicio en Línea no será utilizado para la tramitación del procedimiento especial de responsabilidad patrimonial del Estado.

 

 

 

 


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Formatos indispensables


a) Formato de demanda Descargar formato
*Opcional
Documento que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato pone a su disposición para facilitar la captura de los datos relativos al caso particular, en el cual ya se reúnen los requisitos formales de una demanda en términos del artículo 265 del Código de Procedimiento y Justicia Administrativa para el Estado y los Municipios de Guanajuato, mismo que deberá imprimir, firmar en forma autógrafa y digitalizar en formato PDF previo a su remisión vía electrónica.

Nota: la captura y redacción de la información es libre.

b) Promoción subsecuente Descargar formato
*Opcional
Documento que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato pone a su disposición para promover el desarrollo y substanciación del Juicio en Línea, acorde a las necesidades del interesado.

Nota: la captura y redacción de la información es libre.

c) Promoción para convalidar trámite por parte de un tercero Descargar formato
Documento que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Guanajuato pone a su disposición, para efecto de autorizar formalmente a licenciados en derecho o personas de su confianza, para que en su nombre y representación realicen el trámite de registro.

d) Donde la autoridad autoriza a un servidor público diverso a realizar el trámite Descargar formato
Escrito que el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado deja a disposición de las autoridades susceptibles de ser demandadas, para que formalmente autoricen a su autorizado o diverso servidor público, con la finalidad de que realice el trámite ante el módulo de registro.



He leído y comprendido de manera completa los Términos y Condiciones, por lo que los acepto.


TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO DE GUANAJUATO 2014-20